Esterilización de productos sanitarios - Métodos microbiológicos - Parte 3: Prueba de endotoxinas bacterianas (Norma ISO 11737-3: 2023).
Prueba no acreditada en nuestro laboratorio.
Prueba con el Certificado de Buenas Prácticas de laboratorio (BPLs).
La norma ISO 11737-3:2023 especifica los criterios generales que se aplicarán en la determinación de endotoxinas bacterianas en o dentro de productos, componentes o materias primas para el cuidado de la salud utilizando métodos de prueba de endotoxinas bacterianas que utilizan reactivos de lisado de amebocitos. En nuestro laboratorio, realizamos el método de punto final cromogénico que se basa en la relación lineal entre la concentración de endotoxinas y la formación de un color (cromógeno) medida por la densidad óptica a una longitud de onda determinada, que se evalúa sobre una curva estándar. El nivel de endotoxina en una cantidad desconocida se calcula midiendo la densidad óptica de la muestra e interpolando la concentración de endotoxina de la curva estándar.
Según la norma ISO 11737-3 existen dos tipos de planes de muestreo: pruebas por lotes y alternativas a las pruebas por lotes. Para las pruebas por lotes, la apirogenicidad se confirma mediante pruebas de los productos finales en cada lote de producción. Se pueden utilizar alternativas a las pruebas por lotes si se ha demostrado que el proceso de fabricación y los materiales están adecuadamente controlados.
Para las pruebas por lotes, la cantidad de unidades de producto elegidas para las pruebas de rutina depende del tamaño del lote definido, el nivel de control, las consideraciones estadísticas y el desempeño histórico. En la mayoría de los casos, cada lote de un producto se analizará utilizando un número apropiado de muestras, no más de 10, tomadas al azar para representar la calidad del lote. Se ha utilizado comúnmente un plan de muestreo basado en el tamaño del lote y generalmente se considera aceptable: 2 muestras para un tamaño de lote inferior a 30 unidades, 3 muestras para un tamaño de lote entre 30 y 100 unidades y 3% del lote superior. hasta un máximo de 10 para un tamaño de lote superior a 101 unidades. Los planes de muestreo alternativos que utilicen tamaños de muestra pequeños o que no analicen cada lote de producto deberán estar claramente definidos y respaldados/justificados por una evaluación de riesgos. Por otro lado, otros planes de muestreo que requieran un mayor número de muestras pueden ser necesarios con fines de validación o de investigación. Si se utilizan planes de muestreo que requieren seleccionar más de 10 muestras de un lote, no se deben combinar más de 10 muestras dentro de una prueba.
En cuanto a la selección de muestras, se debe tener en cuenta que las muestras seleccionadas para las pruebas incluirán todos los factores que puedan afectar o contribuir a los niveles de endotoxina. Todas las partes de los productos para el cuidado de la salud se incluirán en el proceso de prueba y la exclusión de cualquier parte del producto deberá justificarse y documentarse. Por ejemplo, si un producto para el cuidado de la salud tiene partes del producto que están selladas y, como tales, no entran en contacto con el paciente, dichas partes pueden excluirse de las pruebas de endotoxinas. Además, en el caso de productos para los cuales una afirmación de no pirogenicidad se aplica solo a una parte del producto, las pruebas de endotoxinas no se aplican a las partes del producto que no están destinadas a ser apirógenas. Además, en lo que respecta a las pruebas de kits de componentes múltiples (paquetes de procedimientos) o conjuntos de productos individuales dentro del mismo sistema de barrera estéril, dependiendo de cómo se utilice el producto, hay casos en los que cada componente puede evaluarse individualmente y otros casos en los que el conjunto de los contenidos pueden considerarse como una sola entidad. También se debe tener en cuenta que las muestras pueden obtenerse antes de la esterilización (pre-esterilización) o después de la esterilización (post-esterilización). Las muestras posteriores a la esterilización abarcan todos los factores que pueden afectar el producto o la prueba de endotoxinas y, si se seleccionan muestras previas a la esterilización para las pruebas, se deberá justificar y documentar la aceptabilidad de las muestras para representar el nivel de endotoxinas en el producto esterilizado.
Dependiendo del tipo de producto, puede ser necesario el análisis de un extracto del producto sanitario. Los productos sólidos para el cuidado de la salud deben analizarse mediante extracción y pueden probarse individualmente o en grupos (no se deben combinar más de 10 muestras en una prueba). Los productos sanitarios podrán cortarse o desmontarse para la extracción. Por otro lado, los productos acuosos para el cuidado de la salud, los componentes biológicos en forma acuosa u otras muestras acuosas se pueden analizar sin extracción. Los polvos, geles y pastas deberán estar en forma adecuada para las pruebas y pueden requerir extracción para el análisis si no se disuelven correcta y homogéneamente en agua. Para los productos que necesitan extracción, se debe calcular el volumen máximo de fluido de extracción (MVD) que se puede utilizar para el extracto combinado para un límite de endotoxina determinado. No obstante, el volumen de fluido de extracción utilizado para extraer las unidades de producto podrá ajustarse para facilitar la extracción, dependiendo del tamaño del dispositivo, sin exceder el MVD calculado. En nuestro laboratorio seguimos la norma ISO 10993-12 para calcular el volumen de extracción del fluido teniendo en cuenta la superficie o masa del producto de prueba. Para calcular el MVD el cliente deberá especificar el límite de endotoxinas (UE/dispositivo) establecido por las autoridades competentes.
El límite marcado por la Farmacopea de EE.UU. (USP) <161> y la FDA (Food and Drug Administration) es de 20 EU/producto en contacto con el sistema circulatorio o linfático (200 EU en mezcla de extractos de 10 productos), y 2,15 EU /productos para productos sanitarios en contacto con líquido cefalorraquídeo. La FDA también incluye los límites por mL de extracto, utilizando 40 mL de líquido de extracción, estableciendo el límite en 0,5 EU/mL para productos que contactan directa o indirectamente con el sistema cardiovascular y el sistema linfático, y 0,06 EU/mL para productos en contacto con fluido cerebroespinal. Para otros tipos de productos sanitarios, los límites de endotoxinas superiores a 20 UE/producto pueden estar justificados y pueden requerir aceptación regulatoria. Por ejemplo, un límite de 35 UE/producto o más puede ser apropiado para productos sanitarios sin exposición sistémica, como productos para el cuidado de la salud implantables por vía subcutánea. La FDA también afirma que para los productos que están en contacto directo o indirecto con el entorno intraocular, puede aplicarse un límite de endotoxinas más bajo.